Afiliación
La afiliación a la DAS es exclusiva para el personal del Honorable Congreso de la Nación y sus familias.
En el área de Afiliaciones, sito en Adolfo Alsina 1823 – entrepiso, ofrecemos servicios para realizar trámites de afiliación y obtener tu carnet físico, entre otros servicios relacionados. Nuestro equipo estará encantado de brindarte asistencia en todo lo que necesites para garantizar que recibas los beneficios y servicios correspondientes.
En el área de Afiliaciones, sito en Adolfo Alsina 1823 – entrepiso, ofrecemos servicios para realizar trámites de afiliación y obtener tu carnet físico, entre otros servicios relacionados. Nuestro equipo estará encantado de brindarte asistencia en todo lo que necesites para garantizar que recibas los beneficios y servicios correspondientes.
- 1. Memo de alta emitido por la oficina de personal (con N° de legajo y fecha del nombramiento, categoría, N° de Resolución). Esta información tiene validez de cinco (5) días hábiles
- 2. Presentación de apto físico, con el aval de la oficina de personal del sector donde trabaja.
- 3. Completar el formulario de afiliación, incluyendo una foto tipo carnet. Descargar formulario.
La afiliación será voluntaria e independiente de los descuentos de obra social efectuados por la ANSeS en el recibo de haberes jubilatorios.
Tiene un plazo para afiliarse de 180 días hábiles.
- 1. Memo de baja emitido por la oficina de Personal de la dependencia donde prestaba servicios, donde se indique fecha de baja y que la misma es para acogerse al beneficio jubilatorio/ o copia de la Resolución de la dependencia en la que prestaba servicios donde fue aceptada su renuncia para acogerse al beneficio jubilatorio.
- 2. En caso de no cobrar la jubilación aun, deberá presentar la iniciación del trámite de jubilación o constancia de la ANSeS donde se indique la situación en la que se encuentra dicho trámite y el último recibo de haberes percibido en actividad (para proceder al cobro provisorio de las cuotas de afiliación).
- 3. En caso de tener otorgado el beneficio jubilatorio, deberá presentar, recibo de haberes jubilatorios o planilla emitida por la ANSeS con los datos del número de beneficio otorgado y detalle de la liquidación practicada.
- 4. Completar formulario, incluyendo una foto tipo carnet. Descargar formulario.
La cuota de afiliación, se abonará a partir del día en que presente la solicitud de afiliación en base en base al 3,5% de los haberes jubilatorios (o en base al 3,5% del último haber percibido, en el caso de no cobrar aún la jubilación) hasta que se gestione el descuento directo ante la ANSeS.
La afiliación en carácter de Voluntario también puede ser solicitada por aquellos agentes que hayan cumplido función como trabajador en actividad durante 10 años seguidos o interrumpidos en el Congreso de la Nación y cuya baja no haya sido fundada en sumario. La cuota de afiliación en estos casos, se calculará sobre la base de la última categoría ocupada en actividad actualizada.
Producido el fallecimiento del afiliado, o afiliada, titular, los familiares declarados a cargo, pueden continuar con los servicios que presta la DAS.
El familiar de mayor edad será quién quede como titular de la afiliación.
La afiliación de Participante Principal da continuidad a los familiares del titular fallecido, por lo cual, las cuotas de afiliación, deberán liquidarse a partir del día siguiente al fallecimiento del titular del cual deviene el derecho de afiliación.
- Requisitos:
- 1. Partida de defunción del/la titular (original y fotocopia).
- 2. último recibo de haberes percibidos por el/la titular fallecido/a.
- 3. Iniciación del trámite de pensión o constancia de la ANSeS que indique la situación en la que se encuentra dicho trámite.
- 4. En caso de ya estar otorgado el beneficio de pensión, deberá presentar, copia del recibo de haberes o planilla emitida por la ANSeS con los datos del número de beneficio otorgado y detalle de la liquidación practicada.
- 5. Completar formulario, incluyendo una foto tipo carnet. Descargar formulario.
Se deberán afiliar a todas las personas que se encontraban afiliadas a cargo del, o la, titular al momento de su fallecimiento, salvo manifestación escrita en contrario, de algún miembro participante que no desee continuar con la afiliación.
Presentando el Certificado Único de Discapacidad (CUD) se pueden continuar las afiliaciones que tienen caducidad por edad.
Estas afiliaciones conllevan un cargo adicional del 3% con una base mínima de 17,83 módulos del escalafón aprobado por la ley 24600 por cada persona que afilie.
Presentando el Certificado Único de Discapacidad (CUD) se pueden continuar las afiliaciones que tienen caducidad por edad.
